Organo Interno de Control

Declaración de Situación Patrimonial

Cuestionamientos Recurrentes DeclaranetPlus

A través del sitio que administra la Secretaría de la Función Pública, declaraNetplus. Es importante considerar abrir la aplicación del Sistema declaraNetplus en una computadora con conexión a Internet y mediante la utilización del navegador Internet Explorer, ingresando a la página http://www.declaranet.gob.mx , y elegir en el menú principal la opción “Declarar en línea”.

De conformidad con el artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, son los siguientes:

  • InicialSe presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión del encargo en el IFT; reingreso al servicio público dentro del IFT después de 60 días naturales de la conclusión de su último encargo.
  • Conclusión. Se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión del cargo.
  • Modificación patrimonialSe presenta durante el mes de mayo de cada año.
  • Cuando sin interrupción de servicios, sean objeto de un cambio de situación en COMIMSA (puesto, nivel, funciones, adscripción, o de tipo de designación, nombramiento o contratación), y conserven la obligación de presentar declaración de situación patrimonial.
  • Antes de 60 días naturales contados a partir de la conclusión del último encargo por el que hayan estado obligados a presentar declaración patrimonial, reingresen COMIMSA, tomando posesión de un puesto, cargo comisión o función con obligación a presentar declaración de situación patrimonial.
  • Cuando durante los primeros cinco meses del año tomen posesión de un puesto, cargo, comisión o ejerzan funciones en COMIMSA como sujeto obligado a presentar declaración de situación patrimonial, y no hayan sido sujetos obligados en COMIMSA durante el año inmediato anterior a aquel en que se transmitan los datos.
  • Cuando en el mes de mayo, concluyan un empleo, cargo o comisión como sujeto obligado a presentar declaración de situación patrimonial, y por tal motivo presenten en ese mismo mes declaración de conclusión.
  • Dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión del puesto, cargo, comisión o dejen de ejercer funciones en COMIMSA como sujeto obligado a presentar declaración de situación patrimonial.
  • Cuando siendo sujeto obligado por puesto, cargo, comisión a presentar declaración de situación patrimonial, cambie a un puesto a los que no está obligados conforme al artículo 36, fracciones XI y XV de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

Se podrá realizar con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que se emplea para la presentación de la declaración anual de impuestos en el mes de abril. Si aún no se cuenta con ella o ya no está vigente, acudir con previa cita a cualquier módulo del SAT

Citas en INFOSAT: 01800-46-36-728

http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/fiel/Paginas/default.aspx

En caso de no contar con la FIEL, también se podrá firmar la declaración patrimonial, con los datos que se utilizan para ingresar como usuario al sistema DeclaraNetplus, Registro Federal de Contribuyentes y Contraseña; en éste supuesto se deberá presentar en el Órgano Interno de Control la “Carta de Aceptación para la utilización de RFC con homoclave y contraseña como firma de la Declaración de Situación Patrimonial”, la cual deberá contar con la firma autógrafa del servidor público; este documento se genera de manera automática a la par del acuse de envío.

Presentar una impresión del acuse electrónico de comprobación de la Declaración Patrimonial generada por el sistema en el Órgano Interno de Control de COMIMSA, así como en la Gerencia de Recursos Humanos.

Siguiendo los pasos que se encuentran en el propio sistema declaraNetplus; y en el caso de que una vez agotados los supuestos previstos en el sistema, no se pueda recuperar, se deberá solicitar al Órgano Interno de Control rosalia.rosas@comimsa.com, anexando escaneadas identificación oficial y credencial de COMIMSA, así como los datos: nombre completo y RFC.

  • Cédula de identificación expedida por la SHCP o cualquier documento que contenga el RFC con homoclave y CURP, la del cónyuge y dependientes económicos.
  • Escrituras o contratos privados de compra-venta de los bienes inmuebles.
  • Facturas de vehículos y bienes muebles.
  • Contratos y/o estados de cuenta de inversiones (entre otros, el del Seguro de Separación Individualizado), cuentas bancarias y otro tipo de valores.
  • Contratos y/o estados de cuenta de gravámenes y/o adeudos.
  • Comprobantes de percepción de sueldo y de otro tipo de ingresos.
  • La referente al patrimonio del cónyuge y/o dependientes económicos.

Cada uno tiene que presentar su declaración de situación patrimonial y, en ellas cada uno debe de manifestar la información que se solicita del cónyuge, concubina o concubinario.

Es importante considerar que el formato de la Declaración, no hace distinción respecto del régimen matrimonial de los servidores públicos, por lo que en el supuesto de que se encuentren bajo régimen de separación de bienes, deberán reportarse las percepciones y bienes del cónyuge, ya que en este último caso se debe precisar quién es el dueño del bien.

Presentar una nota aclaratoria en la que se precise el error u omisión cometido, la que también se presentará a través de la funcionalidad del sistema DeclaraNetplus, ingresando directamente en la sección de “Crear notas aclaratorias” que se encuentra visible al extremo superior derecho de la página del sistema o en el siguiente link:

https://declaranet.gob.mx/declaranetWeb/contexto/rectificacion/login_rec.jsf

Proporcionar copia del Acuse de Comprobación de la presentación de la Nota Aclaratoria generado por el sistema de DeclaraNetplus, en el Órgano Interno de Control de COMIMSA; cuando la Nota Aclaratoria sea firmada con el RFC y Contraseña de acceso al sistema, además del acuse, presentar la “Carta de Aceptación para la utilización del RFC con homoclave y contraseña como firma de la Declaración de Situación Patrimonial”, dicho documento deberá ser firmado por el servidor público.

Contacto: Extensiones 1169 y 1341

DECLARACIÓN DE INTERESES:

En el “Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para presentar las declaraciones de situación patrimonial”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2015, se estableció que a partir de mayo de ese año, surgía la obligación de los servidores públicos federales de presentar una declaración de posible conflicto de interés, la cual debe entregarse al ingresar a cargos públicos federales y actualizarse anualmente o en cualquier momento en que un funcionario considere que pudiera ocurrir un conflicto de interés en su responsabilidad.

En virtud de lo cual, se incorporó un apartado en el formato de declaración patrimonial, a fin de favorecer la transparencia y la vigilancia, así como la identificación de situaciones de posible conflicto de interés.

DEFINICIÓN CONFLICTO DE INTERESES:

Existe conflicto de interés, cuando los intereses privados (personales, familiares o de negocios) de un servidor (a) público (a) influyen indebidamente en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades oficiales.

Todos los servidores públicos obligados a presentar declaración de situación patrimonial en COMIMSA.

En el apartado IV denominado Declaración de Intereses, incorporado a las declaraciones de situación patrimonial.

Esta declaración deberá hacerse al ingresar a cargos federales, actualizarse anualmente o en cualquier momento en que un servidor púbico considere que pudiera ocurrir un posible conflicto de interés en su responsabilidad.

Deberá requisitarse conforme a los puestos, cargos, comisiones, actividades o poderes que el declarante desempeña en órganos directivos o de gobierno en organizaciones con fines de lucro (empresas), o bien, en asociaciones, sociedades, consejos, actividades filantrópicas o de consultoría el declarante puede o no recibir remuneración por esta participación.

  • Nombre de la institución (empresa, asociación, sindicato, etc.).
  • Ubicación señalando la ciudad o población, entidad federativa y país
  • Naturaleza del vínculo: socio, colaborador u otro.
  • Antigüedad del vínculo en años.
  • Frecuencia anual: 3 ocasiones, de 4 a 7 ocasiones, de 8 a 11 ocasiones, mensualmente, ocasionalmente u otra.
  • Participación en la dirección o administración, antes o durante el servicio público.
  • Tipo de persona jurídica en la que participa: instituciones de derecho público, sociedades o asociaciones de derecho privado, fundación, asociación gremial, sindicato o federación de organizaciones de trabajadores, junta de vecinos u otra organización comunitaria, iglesia o entidad religiosa, u otra.
  • Tipo de colaboración o aporte: cuotas, servicios profesionales, participación voluntaria, participación remunerada, otros aportes.

La anterior información se refiere al declarante, así como, en su caso, a su cónyuge, concubina o concubinario o dependientes económicos.

Última actualización: enero 23, 2023 at 8:51 am