De conformidad con la LGMHCTI se transcribe lo relacionado con el Convenio de Administración por Resultados:
Décimo Sexto. En un plazo no mayor a ciento ochenta días, el Consejo Nacional y los Centros Públicos llevarán a cabo las gestiones necesarias para terminar anticipadamente los convenios de administración por resultados que hubieren celebrado el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y los Centros Públicos de Investigación, respectivamente.
Asimismo, en un plazo igual, los Centros Públicos realizarán las gestiones necesarias para elaborar los Programas Institucionales a que se refiere esta Ley.
Año 2010
Año 2011
Año 2012
- Evaluación al CAR por parte de CONAHCYT.
- Evaluación al CAR por parte de la SFP.
- Evaluación al CAR por parte de la SHCP.
Año 2020
Año 2021
Año 2022